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REGLAMENTO ACADÉMICO INSTITUCIONAL

CARRERA PRESENCIAL

Modalidad presencial: La cursada presencial puede asumir dos modalidades: Presencialidad Plena o Presencialidad con Propuestas Pedagógicas Combinadas. Según sea lo establecido, el formato estará detallado en el programa de cada unidad académica. Las instituciones definirán la modalidad de cursada de cada carrera en función de las características del diseño curricular, los acuerdos con el equipo docente, los aportes a las trayectorias formativas de las y los estudiantes, las necesidades del contexto, las condiciones de posibilidad institucionales y de cada actriz o actor institucional.

1.      Presencialidad plena (PP): Se considera presencialidad plena al acto educativo en el que la interacción pedagógica docente-estudiante comparte el mismo tiempo y espacio (físico o virtual, sincrónico). Puede realizarse en la sede del instituto u otro entorno formativo o bien, en encuentros sincrónicos mediados por tecnología en los días y horarios establecidos por la institución para cada unidad curricular. Cada institución deberá analizar las condiciones de posibilidad para la implementación de encuentros sincrónicos mediados por tecnología, a fin de garantizar el acceso en posición de igualdad de las y los estudiantes. Las unidades curriculares en presencialidad plena deberán incluir un mínimo de 70% de carga horaria de la unidad curricular en la sede del instituto y hasta un máximo de 30% de sincronía mediada por tecnologías. Estas condiciones, así como su calendarización, deben estar explicitadas en el programa de la unidad curricular Las Prácticas Profesionalizantes, Talleres y UC de laboratorios quedan exceptuadas del 30% de sincronía mediada por tecnología, debiendo cursarse el 100% de la carga horaria en los espacios físicos previstos institucionalmente. Podrán utilizarse mediaciones tecnológicas cuando se encuentren explicitados en el plan de estudios.

2.     Presencialidad con propuestas pedagógicas combinadas (PPC): Las Propuestas Pedagógicas Combinadas (PPC) constituyen una alternativa de cursada que conjuga actividades asincrónicas y encuentros presenciales en la sede del instituto (o en otros entornos formativos) en los días y horarios establecidos por la Institución para el conjunto de las unidades curriculares de la carrera. Las PPC son propuestas pedagógicas de carácter presencial que contienen instancias virtuales integradas en el mismo proyecto de enseñanza y constituyen una única experiencia pedagógica. Es decir, se trata de una experiencia unificada que expresa una trayectoria que construye sentidos entre lo que acontece en los encuentros presenciales y lo que sucede en la virtualidad. Se encuadra en una propuesta planificada que considera distintos entornos y ámbitos en los que acontece el acto educativo.

ASISTENCIA

 

1.     Se entiende por asistencia la participación en clases presenciales en el Instituto y en encuentros sincrónicos mediados por tecnologías definidas en la propuesta de cátedra.

2.     Sobre los porcentajes de asistencia requeridos para aprobar la cursada:

·         Para unidades curriculares con formato asignatura y modalidad presencialidad plena se deberá cumplimentar un 60% de asistencia según la cantidad de clases establecidas por calendario académico.

·         Para unidades curriculares con formato asignatura y modalidad presencialidad con Propuestas Pedagógicas Combinadas, se deberá cumplimentar un 80% de asistencia según la cantidad de clases establecidas por calendario académico.

·         Para las unidades curriculares de carácter práctico, el Campo de la Práctica Profesionalizante y unidades curriculares con formato Taller, Seminario, Ateneo, Laboratorio se deberá cumplimentar el 80% de asistencia según la cantidad de clases establecidas por calendario académico.

 

JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS.

Solo se establece un régimen especial de inasistencias justificadas, no imputables, para personas gestantes y estudiantes en condición de paternidad, que cursen estudios en Instituto Superior Bristol. Este régimen se aplica a solicitud de la o el estudiante en situación de acogerse al mismo. La condición de embarazo se acreditará con la presentación de certificado médico y la condición de paternidad con la presentación de la constatación de parto o inscripción de nacimiento.

El régimen especial de inasistencias justificadas comprenderá, en el caso de personas gestantes, un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, durante el embarazo o después del nacimiento, de forma continua o fraccionada.

En el caso de estudiantes en condición de paternidad, el plazo máximo comprenderá quince (15) días hábiles, después del nacimiento, de forma continua o fraccionada.

Para las Prácticas Profesionalizantes, prácticas docentes y unidades curriculares que signifiquen un riesgo para el embarazo, se requerirá autorización expresa del médico obstetra para la continuidad de la cursada.

Por cuestiones de salud prenatal, para la Práctica Profesionalizante externa se establece que deberá suspender la asistencia 30 días antes de la fecha probable departo. Cada equipo directivo y docente analizará de manera particular cada situación y determinará, junto a la estudiante, la posibilidad de continuidad académica en la unidad curricular para ese ciclo lectivo luego del parto.

·         En caso de que un alumno haya excedido el margen de inasistencias y que el total de las mismas no supere el 50% de las clases dictadas, podrá solicitar la justificación de ese excedente por nota dirigida a la Secretaría, fundamentando su pedido y acompañando documentación fehaciente que certifique sus declaraciones. Con este informe la Secretaria resolverá cada caso, en conjunto con el equipo de conducción y docente.

·         Las situaciones y procedimientos para la justificación de inasistencia en el caso de clases de asistencia obligatoria. La justificación no significa la omisión de la falta. Dichas situaciones a contemplar son: a. Certificación de enfermedad. Sólo se considerará válido un certificado de institución o centro de salud, indicando el horario en que fue atendido, validado por Salud Pública. b. Fallecimiento de familiar directo o político (padre/madre, esposo/a, hijo/a, hermano/a). En este caso deberá presentar fotocopia de aviso fúnebre. c. Cuidado y asistencia de enfermo (familiar directo o a cargo). Acreditando debidamente dicha situación mediante certificado médico e indicando el tiempo. d. Superposición laboral (debidamente acreditada mediante certificación expedida por la institución correspondiente) e. Citaciones judiciales (con copia de cédula de notificación). f. Actividades de espiritualidad: retiros, encuentros etc. acreditada mediante certificación expedida por la institución organizadora. g. Licencia deportiva.

Estas excepciones no son válidas para instancias a evaluación. En caso de necesitar justificación de inasistencia a examen parcial/recuperatorio deberá solicitarlo mediante una carta presentada a Secretaría y será en conjunto con el equipo de Conducción la resolución del caso.

La suspensión de clases por temas climáticos es potestad del Municipio y autoridades Jurisdiccionales. Si desde esas entidades no avalan suspensión, la Institución no podrá hacerlo, exceptuando que se presenten dificultades edilicias que impidan en normal funcionamiento.

·         Los certificados laborales deberán presentarse antes del inicio de cada cuatrimestre. (hasta 30/03 y hasta 30/08 respectivamente).

 

CATEGORÍA DE ESTUDIANTES

 

● Estudiante regular es quien, desde el momento de su inscripción al Instituto Superior Bristol, se encuentra cursando al menos una unidad curricular o ha aprobado o acreditado una unidad curricular en los últimos seis meses.

● Estudiante itinerante es quien cursa como estudiante regular en el Instituto Superior Bristol y, al mismo tiempo, cursa una o más unidades curriculares en otro IS en el que no se encuentra matriculada o matriculado y dicte el mismo plan de estudio, para poder acreditar una o más unidades curriculares. Se puede cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares de la carrera. Quedan exceptuados el Campo de la Práctica Docente y Prácticas Profesionalizantes salvo en situaciones excepcionales para las cuales se podrá solicitar autorización a la Dirección de Nivel o Modalidad correspondiente. Cuando los diseños curriculares prescriban la cursada en simultáneo de dos o más unidades curriculares, éstas deberán cursarse en la misma institución.

● Estudiante oyente es un o una estudiante matriculado/a en el Instituto Superior Bristol que participa en una unidad curricular de su interés con el propósito de actualizar o profundizar aspectos específicos de su formación. Queda exceptuado el Campo de la Práctica Docente y Prácticas Profesionalizantes, Talleres, Laboratorios y cualquier unidad curricular eminentemente práctica. Esta participación no implica seguimiento de avance académico y, solo a los fines administrativos, la o el estudiante puede realizar en cualquier momento del año la solicitud ante la secretaría, indicando su intención de asistencia a toda la cursada o a parte de ella, para el registro de asistencia. La autorización quedará supeditada a la disponibilidad de espacio físico en relación con la cantidad de estudiantes regulares inscriptas o inscriptos.

● Estudiante recursante: Recursar un espacio curricular implica haber desaprobado la cursada  y para el alumno asumir la responsabilidad académica/económica respecto de la misma, esto es, asumir las obligaciones mencionadas tanto como volver a abonar el dictado de la misma.

El recursante podrá optar por cursar la asignatura desaprobada de forma regular, o rendir como Libre, siempre y cuando el espacio curricular lo permita.

EVALUACIÓN Y CONDICIONES DE ACREDITACIÓN

1. Para la valoración de saberes pueden contemplarse múltiples instrumentos de evaluación: portafolios, trabajos de escritura colaborativa, elaboración de bitácoras, diarios de campo, narrativas, participación en foros, coloquios, muestras, producciones específicas de las disciplinas artísticas en vivo o en grabaciones de audio y video, diseño y/o desarrollo de proyectos tecnológicos, producción de procesos y/o prototipos, simulaciones, entre otros, de forma tal que no sea el examen oral o escrito el único instrumento utilizado. Estos dispositivos estarán explicitados en los programas de cada unidad curricular como insumos e instrumentos evaluativos.

2. Para la aprobación y acreditación de las instancias de evaluación se utilizará una escala numérica entera de 1 (uno) a 10 (diez) puntos.

3. Una Unidad Curricular4 (UC) se considera aprobada cuando se cumplen con las condiciones para acceder a la instancia de acreditación:

● asistencia sea 60%-80% según corresponda el espacio curricular.

● aprobación de las instancias de evaluación previstas con calificación mínima de 4 (cuatro) puntos inclusive en las instancias de recuperación. Para el Campo de las Prácticas Profesionalizantes, Talleres, Seminarios, Laboratorios y Ateneos la calificación mínima es 7 (siete).

● cumplir con los requisitos académicos de la propuesta de enseñanza correspondiente a la unidad curricular, en el marco del Proyecto Institucional de Evaluación.

 

 

APROBACIÓN Y ACREDITACIÓN POR PROMOCIÓN DIRECTA

1.     POR PROMOCIÓN DIRECTA: es decir, sin instancia de evaluación. En caso que el estudiante no cumpla con las condiciones, pasará a la instancia de evaluación final.

 

Requisitos para lograr la promoción directa:

A.    Cumplir con el régimen de asistencia.

B.    Obtener un mínimo de 7 (siete) puntos en la instancia de evaluación o la instancia de recuperación. (tanto por ausencia, desaprobación o por haber sido calificado con una nota menos a 7 (siete).El alumno podrá promocionar inclusive presentándose a la fecha del recuperatorio.

C.    Si un alumno obtiene entre 4 y 6 puntos, ya tiene la cursada aprobada, pero podrá presentarse al recuperatorio si lo desea para lograr la promoción. La nota del recuperatorio es la definitiva. En caso de obtener 7 o mas podrá promocionar, en caso de desaprobar, estará en condiciones de recursar la materia.

D.    Cumplir con los requisitos académicos propuestos por la/el docente a cargo de la Unidad Curricular, en el marco del Proyecto Institucional de Evaluación Las y los estudiantes que obtengan una nota entre 4 (cuatro) y 6 (seis) puntos, tendrán la cursada aprobada y pasarán automáticamente al sistema de acreditación con instancia de evaluación final.

E.    Todas las instancias de evaluación previstas para la acreditación por promoción directa se realizarán durante el período de clases determinado en el calendario académico para el Nivel Superior. La acreditación de los espacios Curriculares con promoción directa será la última semana de clases, en día y horario de cada espacio curricular.

Los docentes completarán la última clase el Libro de Actas y las Libretas de calificaciones, sin necesidad que el estudiante se anote para pasar la nota de promoción.

 

Requisitos para acreditar la Nota de promoción:

·         No estar observado en las actas preparadas por Secretaría. Dichas observaciones pueden obedecer a las siguientes causas: no haber entregado la documentación solicitada por la Secretaría, estar en deuda con la Tesorería, o por algún otro sector del Instituto. Con respecto a la situación de pagos, el alumno deberá: estar al día con la cuota mensual.

·         Asistir con Libreta de calificaciones en día y horario del espacio curricular para que el docente pueda realizar el acto administrativo correspondiente.

Los estudiantes que no cumplan con esos requisitos y no acrediten las promociones en tiempo y forma pasaran directamente a la instancia de final.

APROBACIÓN Y ACREDITACIÓN CON INSTANCIA DE FINAL

1.     CON INSTANCIA DE EVALUACION FINAL:  Los alumnos deberán obtener una calificación entre 4 y 6). Se exceptúan: el Campo Prácticas Profesionalizantes, Talleres, Seminarios, Laboratorio y Ateneos los cuales se recursan en caso de no acreditación por promoción directa.(7 puntos). Por lo tanto estos espacios curriculares se aprueban durante el transcurso de la cursada, ya que no tienen acceso a instancia de evaluación final.

 

Para rendir examen final de un espacio curricular, el alumno deberá:

a.     Inscribirse a la mesa examinadora

b.     Tener aprobados los exámenes finales de las asignaturas correlativas.;

c.     La cursada aprobada y no vencida;

d.     Estar al día, inclusive con la cuota correspondiente al mes del examen.

·         El Director, Secretaria, los Coordinadores de la Carrera, estos últimos en las asignaturas de su Carrera y el Secretario de Bienestar Estudiantil, podrán asistir a cualquier mesa examinadora e integrarla, pasando automáticamente a ejercer la presidencia.

·         Los alumnos deberán presentarse ante la mesa examinadora con su libreta de estudiante y su Documento Nacional de Identidad.

·         Los exámenes serán evaluados mediante el sistema de calificación entera de uno a diez, sin centésimos, considerándose aprobado el examen con cuatro o más. Los exámenes pueden ser escritos u orales, o de ambos tipos, según lo determine la mesa examinadora.

·         Pasados 20 minutos del comienzo de la mesa, el alumno que no se haya presentado será considerado ausente en la misma.

·         Toda nota correspondiente al examen final será volcada en las Actas de Examen y Libreta de Calificaciones que servirán para posterior control de la Secretaria y el alumno.

·         En los casos que la o el estudiante lo solicite, podrá incluirse un estudiante veedor de la mesa examinadora. Para la designación de tal veedor, durante las 2 primeras semanas se podrá elegir por votación de los alumnos al responsable de cada año (2do y 3ro) mientras que para el veedor de 1er año, el plazo se podrá extender hasta la semana previa a la finalización del primer cuatrimestre.

·         La nota de aprobación del examen final será un número entero igual o superior a 4 (cuatro) puntos. Equivalente al 60% del examen.

 

 

ACREDITACIÓN EN CARÁCTER DE LIBRE

 EN CARÁCTER DE LIBRE:. Se exceptúan: las asignaturas Prácticas, las Prácticas Profesionalizantes y las Unidades Curriculares en formato Taller, Ateneo, Laboratorio o Seminario.

·         Para acreditar una Unidad curricular en carácter de libre las y los estudiantes podrán inscribirse en todos los turnos establecidos por calendario académico. Para acceder a esta modalidad, se deberá cumplir como único requisito los establecidos para cursar unidades curriculares correlativas en los diseños curriculares.

·         La acreditación de UC en carácter de libre contempla una instancia de evaluación escrita y una instancia de evaluación oral; o bien la interpretación o producción de prácticas específicas cuando se trata de carreras de la modalidad artística o técnica. En cada instancia se deberá obtener un mínimo de 4 (cuatro) puntos. La nota final surge como promedio de ambas calificaciones. En caso de corresponder, se aplica la aproximación por redondeo

·         Las unidades curriculares de carácter práctico, la Práctica Profesionalizante y aquellas con formato taller, seminario, ateneo y laboratorio no podrán acreditarse en carácter de libre.

·         Sólo podrán rendirse Libre los espacios curriculares determinados en cada plan de estudio.

·         La condición de libre no es aplicable al alumno sino a la forma en como este decide rendir una materia.

·         No es necesario que se inscriba como alumno libre al comienzo del año sino a la instancia evaluativa (mesa de examen).

·         Puede rendir la materia en cualquier llamado, siendo la única guía las correlatividades planteadas en el plan de estudio.

·         No hay limite de materias que se puedan rendir libres excepto las normadas en cada plan de estudio.

·         El alumno deberá contactarse con secretaria para realizar la inscripción en condición de libre al exámen:

-llamado de marzo: del 15 al 20 de febrero

-llamado de agosto: del 1 al 10 de julio

-llamado de diciembre: del 1 al 10 de noviembre

·         Una vez comunicada a secretaria la intención de rendir libre deberá abonar el monto fijado como Derecho de examen

·         Cada vez que se inscriba a un final  libre deberá abonar el monto establecido al momento de la inscripción.

 

TURNOS DE EXAMENES FINALES

     Cada turno de acreditación final contempla sólo una única fecha para la instancia de evaluación final de cada unidad curricular. La institución organizará por ciclo lectivo los siguientes turnos:

 Tres turnos de acreditación con instancia de evaluación final de carácter ordinarios:

1.     Primer Turno: antes de la fecha establecida para el inicio de clases para el nivel Superior

2.     Segundo Turno: inmediatamente finalizado el receso invernal.

3.     Tercer Turno: luego de la fecha de finalización del período de clases establecida para el Nivel Superior

·         Turnos extraordinarios de acreditación con instancia de evaluación final en el mes de mayo o septiembre, sin suspensión de actividades académicas, solo para aquellas/os estudiantes que adeuden la última unidad curricular de la Tecnicatura y realicen la solicitud a través de los mecanismos definidos institucionalmente.

Se garantizará a las y los estudiantes:

·         La comunicación de las fechas de cada instancia de evaluación final al momento de la inscripción a las mismas y con un mínimo de diez días hábiles antes del inicio del período de inscripción referido.

·         Distribución de las fechas de las instancias correspondientes al mismo año según diseño curricular de modo que no haya superposiciones en el mismo día y horario

·         La comisión evaluadora deberá garantizar una devolución formativa (oral o escrita) con el propósito de contribuir al fortalecimiento de los aprendizajes promovidos en las diferentes unidades curriculares.

·         Todas las instancias para la acreditación con evaluación final se realizarán durante el período determinado en el calendario académico para el Nivel Superior.

 

4.     El promedio general de la carrera se obtendrá de la totalidad de las calificaciones de las unidades curriculares de la carrera, dividido por el número total de las mismas. No se tomarán los resultados de los promedios parciales de cada año, los desaprobados, las equivalencias ni reconocimientos otorgados.

5.     Las unidades curriculares acreditadas no pierden vigencia.

 

VALIDEZ DE LA CURSADA DE LA UNIDAD CURRICULAR

 De la validez de la cursada de una Unidad Curricular:

Las unidades curriculares anuales y cuatrimestrales aprobadas y pendientes de acreditación tendrán una validez de ocho turnos de acreditación final consecutivos. Estos se contabilizarán a partir del primer turno disponible posterior a la aprobación de la cursada. Vencido este plazo, se deberá recursar la unidad curricular. En el caso de que la o el estudiante se presente en cuatro oportunidades y no acredite deberá recursar la unidad curricular

REGLAMENTO DE ARANCELES

A.  Para reservar vacante será requisito imprescindible abonar el monto fijado como matrícula anual, en los tiempos establecidos para cada año lectivo.

B.    Si la cuota se abona del 1 al 10 del mes en curso tendrá acceso a la CUOTA BONIFICADA. A partir del día 11 y hasta el día 10 del mes siguiente, correspondiente prevalecerá la cuota plena sin bonificación. A partir del día 11 del mes siguiente, se aplicará un recargo. Los aranceles deberán hacerse efectivos en la Administración del Establecimiento o por depósito/transferencia.

C.    En caso de incrementos de los haberes docentes determinados por la Provincia de Buenos Aires, el Instituto incrementará los aranceles en el mismo porcentaje. Para la aplicación de dichos incrementos el Instituto Superior Bristol no debe solicitar autorización alguna. De acuerdo a la Resolución 43/2008 de la Secretaría de Comercio Interior (Metodología de cálculo de recupero de Mayores Costos Laborales), art. 2º: “Quedan excluidos de la obligación establecida en el Artículo 1º los servicios de Educación Superior, profesional y académica de grado.”

D.    A partir del día 30 del Mes en curso y de registrarse la cuota mensual impaga el Alumno pierde su condición de Alumno Regular

E.    El arancel mensual fijado por el Instituto incluye uso de recursos técnicos según planificación docente. No incluye libros y/o material de estudio, ni gastos de traslado y viáticos para prácticas o actividades realizadas fuera del Instituto.

F.    El Plan de Pagos durante los tres años de la carrera es de Matricula y 12 cuotas, siendo la cuota N° 1 de cada ciclo el mes de Marzo y la Cuota N° 12 febrero.

G.    Los aranceles abonados por cualquier concepto no habrán de ser reintegrados.

H.    Los alumnos regulares que tengan que rendir exámenes finales deberán inscribirse en los Turnos correspondientes en Secretaría Académica. El dictado de las materias y su régimen de evaluación responden al Programa respectivo. En términos generales, en todas las asignaturas debe aprobarse la cursada; sólo la aprobación de la cursada habilita al alumno para rendir el examen final. En el caso de asignaturas que tengan régimen promocional, esto es, que alcanzando determinada calificación durante la cursada eximen al alumno de rendir el examen final. Las promociones se acreditarán en acta y libreta la última clase del ciclo lectivo, en día y Horario determinado para el dictado de cada espacio curricular. Se deja constancia que los alumnos que no se encuentren con las cuotas mensuales al día perderán su derecho a cualquier modo de evaluación y acreditación.

I.      En caso de desaprobar la cursada de una asignatura, recursarla, implica para el alumno asumir la responsabilidad económica respecto de la misma, esto es, volver a abonar el dictado de la materia o el examen libre según corresponda.

 "Confirmo que he leído y entendido el Reglamento Académico, y acepto cumplir con lo que establece."

Consideraciones aplicables a la CARRERA MODALIDAD A DISTANCIA Res 1896/09, TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR

Consideraciones Pedagógicas

 

PLAN DE ESTUDIO

 

PRIMER AÑO

Primer Cuatrimestre

Segundo Cuatrimestre

Valoración 1 (anual)

Valoración 1 (anual)

Importación

Etica

Exportación

Clasificación Arancelaria 1

Inglés 1

Práctica profesional 1

Comercio Exterior 1

Operatoria Bancaria

 

Derecho Comercial

SEGUNDO AÑO

Primer Cuatrimestre

Segundo Cuatrimestre

Valoración 2 (anual)

Valoración 2 (anual)

Clasificación 2 (anual)

Clasificación 2 (anual)

Práctica Profesional 2

D. P Tributario

Economía

Comercio exterior 2

inglés 2

Zonas francas

Régimen Legal

 

TERCER AÑO

Primer Cuatrimestre

Segundo Cuatrimestre

Práctica Profesional 3 (anual)

Práctica Profesional 3 (anual)

ADO

Comercio exterior 3

IME

Inglés Técnico

Contabilidad

Teoría del Comercio Exterior

 

 

RÉGIMEN DE REGULARIDAD

 

La inscripción del alumno para el cursado de los distintos espacios curriculares estará sujeta a la orientación que reciba del Tutor General en relación con los espacios en que le conviene inscribirse, teniendo en cuenta su situación personal y las correlatividades establecidas.

 

Para mantener la condición de alumno regular, éste deberá:

 

a)     Aprobar los exámenes parciales y trabajos prácticos en fecha. En caso de no aprobar los parciales o trabajos prácticos podrá recuperar cualquiera de ellos en una sola oportunidad, siempre respetando las fechas que se le informan. En caso de no aprobar o no presentar los recuperatorios de parciales o trabajos prácticos, deberá recursar el espacio curricular. Los parciales y sus recuperatorios se aprueban con 6 (seis) puntos (Esta condición puede variar según pautas de cada docente). Los trabajos prácticos y sus recuperatorios se aprueban con 6 (seis) puntos. Hay determinados foros que son de carácter obligatorio, es decir que su participación determina al igual que la aprobación del parcial y del trabajo práctico la regularidad de la materia. Como toda instancia de evaluación, estos poseen su respectivo recuperatorio. No hay asignaturas promocionales, por lo tanto todas tendrán su respectivo examen final.

Una vez aprobada la cursada tienen 2 años para poder rendir el final. (7 llamados)

b)     Participar de las actividades que se habiliten en cada espacio curricular del campus virtual, por ejemplo los foros de discusión, las salas de chat y las autoevaluaciones online si las hubiere. Los foros son un espacio virtual en donde los Profesores Tutores y los estudiantes podrán interactuar asincrónicamente, es decir, para intervenir no deben estar todos conectados a la red en el mismo momento sino que da la posibilidad a cada usuario de gestionar sus tiempos para participar

c)     Aprobar los exámenes finales dentro del plazo máximo de 7 (SIETE) turnos, entendiéndose por turnos las fechas en las que se realizan las evaluaciones en Cronograma Pautado por Pcia de Buenos Aires. Vencido este plazo, caduca la validez del espacio curricular cursado y deberá ser recursado. (turnos a exámenes finales Marzo- Agosto- Diciembre). Además, el alumno perderá la validez del espacio curricular cursado cuando haya desaprobado el examen final en 3 (tres) oportunidades. Nota de aprobación del examen final 4 (cuatro).

IMPORTANTE: Es condición tener el legajo completo para encontrarse habilitado a rendir los exámenes finales.

 

RECURSADO DE MATERIAS El alumno podrá recursar espacios curriculares, siendo sus responsabilidades inscribirse obligatoriamente en fecha y verificar si el material didáctico ha sido actualizado, solicitando siempre la última versión disponible. La operatoria es igual a si cursara la materia por primera vez, debiendo aprobar parciales, trabajos prácticos y participación en los foros sin considerar si en la cursada anterior tenía alguno de ellos aprobados y debiendo abonar el costo adicional a la cuota.

 

REGIMEN DE CORRELATIVIDADES

 

Para cursar

Debe tener aprobado

Ingles II

Ingles I

Regímenes Especiales y Zonas Francas

Importación

Exportación

Valoración II

Valoración I

Clasificación Arancelaria II

Clasificación Arancelaria I

Comercio Exterior II

Comercio Exterior I

Ingles Técnico

Ingles II

Comercio Exterior III

Comercio Exterior II

Práctica Profesional II e Informática Aplicada

Práctica Profesional I

Práctica Profesional III

Práctica Profesional II